El 3 de abril de 2025 entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que por primera vez en España obliga a intentar una mediación u otro método alternativo de resolución de conflictos (MASC) antes de presentar una demanda judicial en asuntos civiles, mercantiles e incluso muchos de familia. Esta normativa busca aliviar la carga de los juzgados promoviendo acuerdos extrajudiciales y fomentando una cultura de resolución pacífica de disputas.
El panorama hipotecario en España ha estado marcado, durante las últimas décadas, por la disyuntiva entre dos índices principales: el Euríbor y el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). Si bien el Euríbor es el más conocido y utilizado, el IRPH ha sido también una alternativa frecuente en los contratos de préstamo, a menudo sin que los clientes supieran en profundidad cómo funcionaba ni las consecuencias económicas que acarreaba.
El alquiler turístico ha experimentado un crecimiento extraordinario durante los últimos años, especialmente en ciudades con una fuerte demanda de alojamiento como Bilbao. Lo que inicialmente podía plantearse como una forma relativamente sencilla de obtener rendimiento económico de una vivienda se encuentra hoy sometido a un marco jurídico mucho más exigente.
En 2026 ya no basta con comprobar que una vivienda reúne unas determinadas condiciones y presentar una declaración responsable. La posibilidad de desarrollar una actividad turística puede depender de la comunidad de propietarios, del planeamiento urbanístico municipal, de la normativa turística vasca y, desde finales de 2025, incluso de que la vivienda se encuentre o no dentro de una zona de mercado residencial tensionado.
En Bilbao la situación es especialmente relevante: todo el municipio está declarado zona de mercado residencial tensionado y actualmente se encuentra suspendido el inicio de nuevas actividades de viviendas y habitaciones de uso turístico mientras permanezca vigente esa declaración.
Además, desde el 3 de abril de 2025, quienes pretendan iniciar una nueva actividad turística en una vivienda sometida al régimen de propiedad horizontal necesitan obtener previamente la aprobación expresa de la comunidad de propietarios.
Por tanto, la pregunta ya no es simplemente «¿puede mi comunidad prohibir un Airbnb?». Para responder correctamente hay que conocer cuándo comenzó la actividad, si ya estaba habilitada legalmente, qué dicen los estatutos, dónde se encuentra la vivienda y qué normas urbanísticas y turísticas resultan aplicables.
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